Nuevas ayudas del IDAE

¡Benditas sean las ayudas!, es lo que pensarán nuestros clientes y más cuando vienen acompañadas por una financiación al 0% de interés, eso es genial.

 

 

Para los que todavía no se han enterado, el IDAE ha sacado 3 programas de ayudas destinadas a la mejora de eficiencia energética en edificios, en instalaciones industriales y para alumbrado público, cada una con las particularidades que vamos a describir a continuación.

pareer-crece (MEJORA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS)

Éstas son a nuestro gusto las más atractivas, ya que son más bondadosas, combinan subvención con financiación y se destinan a un mayor tipo de público.

 

Dichas ayudas están dirigidas a la rehabilitación de edificios existentes de cualquier uso, de titularidad pública o privada, empresas o particulares, agrupaciones o comunidades de propietarios, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios y ESE´s.

 

Para acceder a dicha ayuda, la inversión mínima a realizar será superior a 30.000€, además con la actuación implantada se deberá de subir la calificación energética final en una letra, por lo que será necesario realizar un certificado energético al edificio (no es oro todo lo que reduce), pero hay que tener en cuenta que si te vas a gastar más de 30.000€ en rehabilitar un edificio, lo suyo es tener una prueba de que se va a mejorar algo y para eso están los certificados energéticos, de todas formas, dicho certificado es subvencionable, por lo que es más que aconsejable aprovecharse.

 

Además del certificado energético, se subvenciona y/o financia el proyecto y dirección de obra, la obra, los equipos y su instalación, medios auxiliares y obra civil asociada, el informe de la acreditación de la actuación y el coste de gestión de la ayuda. Por supuesto no se subvenciona y/o financia IVA, licencias necesarias, tasa y tributos, además del Informe de evaluación de Edificios (IEE) que será necesario realizar para acogerse a una subvención, al igual que los certificados energéticos es aconsejable su realización para verificar si existen patologías estructurales en el edificio.

 

¿Y qué se subvenciona y/o financia?, en este cuadro lo resumimos e incluimos los porcentajes de subvención (mínimo) y de financiación (máximo) para cada actuación:

TIPOLOGÍA DE ACTUACIONES
% SUBVENCIÓN
% FINANCIACIÓN
Mejoras en la envolvente del edificio
30  60
Mejoras en la eficiencia energética de instalaciones térmicas y de iluminación 20 70
Sustitución de calderas por calderas de biomasa 25 65
Sustitución de calderas por bombas de calor geotérmicas 30 60

 

El importe de subvención se puede aumentar en diversos casos como son, el realizar varias actuaciones a la vez, que la calificación energética suba más de una letra o llegue a clase A o B y por criterios sociales. Aún en el caso que de que no cumplamos dichos requisitos, si por ejemplo queremos mejorar la envolvente de nuestro edificio, obtendríamos una ayuda a fondo perdido del 30% y además podremos financiar el 60% con unas condiciones inmejorables, por lo que la propiedad solo se haría cargo del 10% en el momento de ejecutarla.


Como se ha comentado anteriormente, el préstamo sería al 0% de interés, con una amortización de 12 años y una garantía del 20%.


El plazo para solicitar dichas ayudas acaba el 31 de diciembre del 2016.

ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial

Estas ayudas solo permite las entregas dinerarias sin contraprestación (ayudas a fondo perdido), pero la ventaja con respecto a las demás es que es compatible con otras ayudas con la misma finalidad.


¿Y qué se subvenciona?, éstas ayudas están enfocadas a la mejora tecnológica de equipos y procesos industriales, como puede ser la sustitución de equipos, mejoras en procesos, pero ojo, siempre que conlleve a una mejora de la eficiencia energética y no suponga un aumento de producción, también es subvencionable la implantación o mejora de los sistemas de gestión energética (equipos de medición, control de procesos e implantación de sistemas informáticos), esto es una muy buena noticia, ya que facilita la difusión e implantación de los sistemas de monitorización, que desde nuestro punto de vista, son necesarios para la correcta gestión e imputación de costes.


Pero no todas las empresas pueden acceder a dichas ayudas, el IDAE ha establecido que solo pueden beneficiarse las empresas cuyo CNAE se encuentre del 07 al 18 y del 20 al 33, además de las ESE´s.


07- Extracción de minerales metálicos 21- Fabricación de productos farmacéuticos
08- Otras industrias extractivas 22- Fabricación de productos de caucho y plásticos
09- Actividades de apoyo a la industria extractiva 23- Fabricación de otros productos minerales no metálicos
10- Industria de la alimentación 24- Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones
11- Fabricación de bebidas 25- Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo
12- Industria del tabaco 26- Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos
13- Industria textil 27- Fabricación de material y equipo eléctrico
14- Confección de prendas de vestir 28- Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
15- Industria del cuero y del calzado 29- Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques
16- Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería 30- Fabricación de otro material de transporte
17- Industria del papel 31- Fabricación de muebles
18- Artes gráficas y reproducción de soportes grabados 32- Otras industrias manufactureras
20- Industria química 33- Reparación e instalación de maquinaria y equipo
  Empresas de Servicios Energéticos ESE´s

 

Otros requisitos son, inversión mínima de 75.000€ para la mejora de la tecnología en los equipos y procesos industriales y de 30.000€ para la implantación de sistemas de gestión energética y que la amortización de la inversión no sea superior a 15 años.


El importe de subvención es del 30% de la inversión elegible, esto es, proyecto y dirección de obras, equipos, materiales, montaje e instalaciones auxiliares necesarias, obra civil (siempre que no supere el 20% del total de la inversión elegible), coste transporte y asistencia técnica, el coste de legalización de las instalaciones y en éste caso el IVA si no se recupera. No se subvenciona el IVA si se recupera, las instalaciones de cogeneración, la auditoría energética que se debe de hacer para acceder a la subvención (aun así merece la pena realizarla para chequear las instalaciones), licencias, tasas y tributos.


El plazo para solicitar dichas ayudas acaba el 6 de mayo del 2016.

ayudas para la renovación de instalaciones de alumbrado exterior municipal

Otra buena noticia para las administraciones públicas, dicha ayuda no tiene la opción de fondo perdido, pero ofrece un préstamo reembolsable a interés 0%, por lo que pueden pagar cómodamente la renovación de las instalaciones con el ahorro conseguido, por lo menos así es como se debería de hacer.

 

Se financia la sustitución de luminarias, lámparas y equipos de regulación de forma total o parcial, los beneficiarios serían entidades locales, mancomunidades o agrupación de municipios y entidades públicas.

 

Como requisitos, la inversión mínima para acceder a la financiación sería de 300.000€ y la máxima de 4.000.000€, en el caso de que no se llegue al importe mínimo, se puede agrupar las actuaciones de varios municipios en un solo expediente a través de una diputación provincial, así que ya sabéis, a colaborar por el bien de todos.

 

Como he dicho anteriormente, el préstamo sería al 0% de interés y se financiaría el 100% de la inversión elegible, la amortización sería de 10 años, no tendría comisión de apertura, estudio y cancelación y sin necesidad de garantía, por lo tanto se trata de un préstamo más que interesante para los ayuntamientos. Se financia el proyecto y dirección de obras, equipos, materiales, montaje e instalaciones necesarias, la obra civil necesaria y el IVA si no se recuperara. No se financia el IVA si se recuperara, licencias, tasas y tributos o impuestos.

 

El plazo para solicitar dichas ayudas acaba el 6 de mayo del 2016.

 

Si queréis saber si vuestro proyecto es financiable y/o subvencionable no dudéis en poneros en contacto con nosotros, somos tramitadores expertos y además os podemos ofrecer todos los servicios necesarios para acceder a dichas ayudas.

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Comentarios: 2
  • #1

    Lynsey Towry (domingo, 05 febrero 2017 21:23)


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